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Fin a la lista de perros peligrosos: ¿qué razas son los PPP?

La Ley 50/99 es la encargada de regular en España la tenencia de perros potencialmente peligrosos, pero el Gobierno tiene previsto modificarla. Así, el anteproyecto desarrollado por el Ejecutivo pretende evaluar el comportamiento de cada animal «sin tener en cuenta la raza concreta con la que ha nacido» y evitar así prejuicios «injustos».

La regla establecerá un mecanismo de validación en función del comportamiento de cada animal. Además, la nueva norma prevé que aquellos animales que necesiten algún «manejo particular» sean educados con técnicas de mejora de su comportamiento para que dejen de ser peligrosos.

Homogeneizar las 17 normativas
Sergio García Torres, director general de Derechos Animales del Gobierno, lo desveló durante unas jornadas organizadas por la Real Sociedad Canina Española. Precisamente, esta organización ha solicitado una nueva ley que universalice la identificación canina, la educación con niños y jóvenes en valores que fomenten el respeto y la empatía animal, la protección y fomento de razas autóctonas y el reconocimiento al trabajo de los criadores éticos.

Aunque todavía se trata de un borrador, se intentará homogeneizar las 17 normativas autonómicas existentes para crear un marco de actuación común. También está previsto que se incluya un Sistema de Registro de Protección Animal, con el que se establecerán diferentes métodos de identificación.

Otra de las novedades anunciadas por García Torres está relacionada con la creación de un Registro Nacional de Criadores de Compañía. En él, se incorporarán tanto a profesionales como aficionados, pero solamente los que estén incluidos en esa lista podrán ser calificados como criadores oficiales.

Más dureza con los maltratadores
Las personas condenadas por maltrato tampoco podrán inscribir a ningún animal a su nombre, ya que estarán anotados en el Registro Nacional de Inhabilitación para la Tenencia de Animales de Compañía. Igualmente, se pretende aumentar las penas por estos delitos, que en la actualidad tienen un máximo de 18 meses de cárcel.

Por último, está previsto también que el proyecto de ley modifique el Código Civil para que se reconozca a los animales como ‘seres sintientes’ y seguir la línea marcada por el Tratado de Lisboa.

¿Cuáles son los perros potencialmente peligrosos (PPP)?
En la actualidad, las razas consideradas como PPP están recogidas en la Ley 50/99, desarrollada a través del Real Decreto 287/2002:

Pit Bull Terrier
Staffordshire Bull Terrier
American Staffodshire Terrier
Rottweiler
Dogo Argentino
Fila Brasileiro
Tosa Inu
Akita Inu
La norma explica que también se considerarán peligros aquellos que cumplan todas o la mayoría de las siguientes características:

Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia
Marcado carácter y gran valor
Pelo corto
Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg
Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda
Cuello ancho, musculoso y corto
Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto
Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.

Fuente: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2002-6016